Comité de Asociación de Usuarios
Dando cumpliendo a lo establecido en el Decreto 1757 de 1994 donde se indica que las instituciones prestadoras de servicios de salud, sean públicas, privadas o mixtas, deberán convocar a sus afiliados del régimen contributivo y subsidiado, para la constitución de alianzas o asociaciones de usuarios. Queremos extender nuestra invitación a todos nuestros usuarios que deseen hacer parte de la Asociación de Usuarios de la CLÍNICA GASTROQUIRÚRGICA.
Nuestro compromiso es cuidar de su salud y junto a ustedes queremos mejorar cada día.
¿Qué es el Comité de asociación de usuarios?
Según el Decreto 1757 de 1994 las Alianzas y la Asociación de Usuarios se definen como una agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado, del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud, de acuerdo con su sistema de afiliación, que velarán por la calidad del servicio y la defensa del usuario
¿Cómo se Constituye?
Basados en el Decreto 1757 de 1994, la Asociación de Usuarios está constituida por un número plural de usuarios, de los convocados a la Asamblea de Constitución por la institución. La convocatoria se realiza a todos los usuarios que hayan hecho uso de los servicios de la Institución, mediante un anuncio de la Institución. La asociación será de carácter abierto para garantizar el ingreso permanente de nuevos usuarios.
¿Quiénes pueden pertenecer al Comité de asociación de usuarios?
Todos los usuarios activos durante el último año o representante legal de usuarios activos de la Clínica Gastroquirurgica SAS. mayores de edad. En otras palabra, todos los usuarios que hayan hecho uso de alguno de nuestros servicios durante el último año. Los asociados deben estar vinculados al régimen contributivo o subsidiado.